Me han preguntado unas cuantas veces por el tema de las profesiones reservadas para panameños. Aquí les dejo la lista. Pero ojo según la demanda y necesidad de los profesionales que tenga Panamá se permite a algunas de estas profesiones ser ejercidas por extranjeros. Sólo hay que estar pendiente de los decretos. Por lo menos la número 4. Ingeniería (civil) y arquitectura debido a la alta demanda de construcciones, se ha permitido a los extranjeros ejercer. Igual a los médicos y enfermeros que tengan estudios en algo que no se tiene en Panamá, por ejemplo implantes cardiovasculares y este tipo de cosas. Igualmente los economistas y farmacia.
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Lo normal es estar naturalizado en el país para poder ejercerla, un proceso de naturalización tarda de 4 a 5 años según el tipo de visa y residencia que te otorgue el país. También contrayendo nupcias con un panameño puedes obtenerla.
Hay varias opciones legales para trabajar en esas profesiones y recuerden siempre que la alta demanda hace que le sigan dando oportunidades a los profesionales, así que no teman intentarlo que si encontrarán empleo.
1. Enfermería. Ley 1 de 1954
2. Barbería y cosmetología. Ley 4 de 1956
3. Odontología. Ley 22 de 1956
4. Ingeniería y Arquitectura. Ley 15 de 1959
5. Ciencias agrícolas. Ley 22 de 1961
6. Farmacia. Ley 24 de 1963
7. Quiroprácticos. Decreto 8 de 1967
8. Nutrición. Decreto 362 de 1969
9. Medicina. Decreto 196 de 1970
10. Psicología. Ley 56 de 1975
11. Asistente Médico. Decreto 32 de 1975
12. Contabilidad. Ley 57 de 1978
13. Periodismo. Ley 67 de 1978
14. Laboratoristas. Ley 74 de 1978
15. Relaciones Públicas. Ley 37 de 1980
16. Fonoaudiología, terapistas y similares. Ley 34 de 1980
17. Economía. Ley 7 de 1981
18. Trabajo Social. Ley 17 de 1981
19. Medicina Veterinaria. Ley 3 de 1983
20. Fisioterapia. Ley 47 de 1984
21. Radiologaza Médica. Ley 42 de 1980
22. Derecho. Ley 9 de 1984
23. Asistente Dental. Ley 21 de 1994
24. Sociología. Ley 1 de 1996
25. Química. Ley 45 de 2001
Hay varias opciones legales para trabajar en esas profesiones y recuerden siempre que la alta demanda hace que le sigan dando oportunidades a los profesionales, así que no teman intentarlo que si encontrarán empleo.
Esta es la lista
1. Enfermería. Ley 1 de 1954
2. Barbería y cosmetología. Ley 4 de 1956
3. Odontología. Ley 22 de 1956
4. Ingeniería y Arquitectura. Ley 15 de 1959
5. Ciencias agrícolas. Ley 22 de 1961
6. Farmacia. Ley 24 de 1963
7. Quiroprácticos. Decreto 8 de 1967
8. Nutrición. Decreto 362 de 1969
9. Medicina. Decreto 196 de 1970
10. Psicología. Ley 56 de 1975
11. Asistente Médico. Decreto 32 de 1975
12. Contabilidad. Ley 57 de 1978
13. Periodismo. Ley 67 de 1978
14. Laboratoristas. Ley 74 de 1978
15. Relaciones Públicas. Ley 37 de 1980
16. Fonoaudiología, terapistas y similares. Ley 34 de 1980
17. Economía. Ley 7 de 1981
18. Trabajo Social. Ley 17 de 1981
19. Medicina Veterinaria. Ley 3 de 1983
20. Fisioterapia. Ley 47 de 1984
21. Radiologaza Médica. Ley 42 de 1980
22. Derecho. Ley 9 de 1984
23. Asistente Dental. Ley 21 de 1994
24. Sociología. Ley 1 de 1996
25. Química. Ley 45 de 2001
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